El gobierno nacional publicó hoy en el Boletín Oficial la
normativa gráfica que detalla las advertencias sanitarias sobre los peligros del consumo de tabaco
que tendrán que incluir los envases de cigarrillos, en donde deberán figurar,
además, imágenes que ilustren dichos mensajes. Según la Resolución 497/2012 del
Ministerio de Salud de la Nación, las autoridades buscan de esta forma
"reducir el consumo de productos elaborados con tabaco, reducir al mínimo
la exposición de las personas a los efectos nocivos del humo y prevenir la iniciación
en el tabaquismo, especialmente en la población de niños y adolescentes".
Para este fin el Ministerio determinó los mensajes sanitarios que
deberán llevar los paquetes de cigarrillos junto con imágenes que ilustren su
significado.
El primer mensaje sanitario a utilizar será: "FUMAR CAUSA
CANCER", esta advertencia será actualizada por la cartera sanitaria "con
una periodicidad no superior a dos años ni inferior a un año".
Los mensajes restantes son:
"Fumar causa adicción",
"Fumar causa enfermedades cardíacas y respiratorias", "El humo
de tabaco es causa de enfermedad y muerte", "Fumar causa muerte por
asfixia", "La mujer embarazada que fuma causa daños irreparables a su
hijo", "Fumar causa enfisema pulmonar", "Fumar causa
impotencia sexual", "Fumar quita años de vida", "Fumar
puede causar amputación de piernas".
Estas advertencias deberán ocupar el cincuenta por ciento del dorso
de los paquetes de cigarrillos, en tanto, la imagen ocupará un cincuenta por ciento
del frente de los mismos. En uno de los laterales de los envases de productos
de tabaco deberá figurar la leyenda "PARA DEJAR DE FUMAR 0800 999 3040 www.msal.gov.ar/tabaco
Ministerio de Salud de la Nación".
La resolución, establece que "la publicidad y promoción preexistente
que no cumpla con lo dispuesto en esta norma deberá ser retirada en un plazo no
mayor a sesenta días". A su vez, la normativa establece que en los lugares
de expendio de cigarrillos, como en los puntos de venta y distribución deberá
exhibirse en lugar visible un cartel con la leyenda “Prohibida la venta,
distribución, promoción o entrega, bajo cualquier concepto de productos elaborados
con tabaco a menores de 18 años”.
Así como también, en los lugares en que rija la prohibición de
fumar, deberán colocarse carteles que indiquen dicha prohibición.
El Ministerio de Salud deberá, en tanto, habilitar un número telefónico
gratuito y una dirección de correo electrónico, para facilitar las denuncias
por incumplimiento de las disposiciones de esta normativa.
No hay comentarios. :
Publicar un comentario
Gracias por acompañar y mejorar nuestra tarea con su comentario.