La Comisión Nacional de Regulación del Transporte anunció, en el marco de la política de transporte actual, que hará cumplir el tarifario vigente por parte de las empresas, que en vacaciones y fines de semana largo suelen aplicar incrementos en los precios.
Desde la CNRT se instruyó al área de fiscalización para que se cumpla con el tarifario actual establecido en el decreto Nº 2407/02 y las resoluciones de la Secretaría de Transporte N° 726/2008 y 257/2009.
Con frecuencia, las empresas realizan incrementos tanto en los períodos vacacionales –durante los meses de julio, enero, febrero y marzo- como en los días viernes, sábados y domingo o fines de semana largos, informaron desde la CNRT.
Según se informó, existe una tarifa media de referencia y una banda tarifaria que determina el valor mínimo y el máximo sobre el que pueden oscilar los precios.
Utilizando esa banda tarifaria, las empresas pueden fijar libremente el monto de los pasajes, aplicando descuentos de hasta el 5% para obtener la tarifa mínima y aumentos que no superen el 10% para obtener la tarifa máxima, sobre el valor de referencia.
Por lo tanto, debe ser tomada en cuenta la incidencia del factor de estacionalidad (FE) en la banda tarifaria, señaló la CNRT. Dicho valor no podrá ser superior a 1,10%; superado el
momento en el que se verifique el pico de demanda, las empresas deberán retrotraer la tarifa a la existente previamente a la aplicación del factor por estacionalidad.
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