En
la jornada de mañana, miércoles, la Cámara de Diputados dará media sanción a un
proyecto para regular el trabajo en
los centro de atención telefónica, a fin de establecer límites al horario que
pueden desempeñar, para preservar la salud de los empleados que cumplen
funcionen en los denominados "call centers".
La
iniciativa presentada por el diputado (FPV) Andrés Larroque, crea el Estatuto que
regirá para los empleados de esos centros de atención telefónica, donde se
establece que no podrán exceder las seis horas de trabajo y deberán tener dos
francos semanales.
El
oficialismo decidió impulsar su media sanción en la última sesión del período
ordinario que se celebrará el miércoles, dado que si no se aprueba perderá
estado parlamentario el dictamen emitido por las comisiones de Legislación del
Trabajo y de Comunicaciones e Informática.
La
iniciativa crea un estatuto para los trabajadores que cumplen sus tareas en los
centros de atención telefónica denominados "call centers", donde se
establecen la cantidad de horas que podrá cumplir un empleado y obligan a los
empresarios a respetar dos francos semanales.
En
ese sentido, el dictamen que se debatirá mañana miércoles en el pleno del
recinto de sesiones, y que de aprobarse pasará a senadores, determina que la
jornada de trabajo diario no podrá
exceder
las seis horas, que los días trabajados no podrán exceder los cinco a la
semana, y fija que cada trabajador deberá tener quince minutos de descanso cada
dos horas efectivamente trabajadas.
Uno
de los puntos claves del proyecto se define a qué empleado abarcará este marco
regulatorio y al respecto establece que serán los trabajadores que realicen
tareas de atención, recepción, o emisión de conexiones telefónicas o
telemáticas o por cualquier medio tecnológico.
En
el proyecto también se establece que en el caso de la jornada nocturna, la
misma no podrá exceder las cinco horas y media, considerando que ese turno de
trabajo comienza a las 21 horas y se extiende hasta las seis de la mañana.
Por
otra parte, establece que en caso de tener que trabajar los feriados
nacionales, los trabajadores deberán cobrar ese día con un cien por ciento de
adicional y se le deberá garantizar dos días corridos por examen con un máximo
de veinte días por año calendario.
El
dictamen dispone también que los empresarios deberán realizar programas de
capacitación continua con la finalidad de atender las necesidades de preparación
a su personal vinculado con los cambios tecnológicos exigidos para la evolución
y el desarrollo de sus tareas.
También
los empleadores deberán respetar condiciones de seguridad ambientales, como
asimismo proveer al empleado los elementos necesarios a los efectos de que
éstos puedan desarrollar su tarea en condiciones seguras, salubres y que
respeten la integridad del mismo.
El
proyecto fija que a los noventa días de sancionada esta norma, la
Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en consulta con la asociación
profesional de trabajadores de la actividad, deberá establecer disposiciones
relativas a los riesgos específicos del trabajo de los teleoperadores, sin
perjuicio de las exigencias contenidas en la legislación vigente.
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