martes, 26 de noviembre de 2013

BUSCAN ESTABLECER NORMAS LABORALES EN CALL CENTERS

  
En la jornada de mañana, miércoles, la Cámara de Diputados dará media sanción a un proyecto para regular el trabajo en los centro de atención telefónica, a fin de establecer límites al horario que pueden desempeñar, para preservar la salud de los empleados que cumplen funcionen en los denominados "call centers".

La iniciativa presentada por el diputado (FPV) Andrés Larroque, crea el Estatuto que regirá para los empleados de esos centros de atención telefónica, donde se establece que no podrán exceder las seis horas de trabajo y deberán tener dos francos semanales.
El oficialismo decidió impulsar su media sanción en la última sesión del período ordinario que se celebrará el miércoles, dado que si no se aprueba perderá estado parlamentario el dictamen emitido por las comisiones de Legislación del Trabajo y de Comunicaciones e Informática.
La iniciativa crea un estatuto para los trabajadores que cumplen sus tareas en los centros de atención telefónica denominados "call centers", donde se establecen la cantidad de horas que podrá cumplir un empleado y obligan a los empresarios a respetar dos francos semanales.
En ese sentido, el dictamen que se debatirá mañana miércoles en el pleno del recinto de sesiones, y que de aprobarse pasará a senadores, determina que la jornada de trabajo diario no podrá
exceder las seis horas, que los días trabajados no podrán exceder los cinco a la semana, y fija que cada trabajador deberá tener quince minutos de descanso cada dos horas efectivamente trabajadas.
Uno de los puntos claves del proyecto se define a qué empleado abarcará este marco regulatorio y al respecto establece que serán los trabajadores que realicen tareas de atención, recepción, o emisión de conexiones telefónicas o telemáticas o por cualquier medio tecnológico.
En el proyecto también se establece que en el caso de la jornada nocturna, la misma no podrá exceder las cinco horas y media, considerando que ese turno de trabajo comienza a las 21 horas y se extiende hasta las seis de la mañana.
Por otra parte, establece que en caso de tener que trabajar los feriados nacionales, los trabajadores deberán cobrar ese día con un cien por ciento de adicional y se le deberá garantizar dos días corridos por examen con un máximo de veinte días por año calendario.
El dictamen dispone también que los empresarios deberán realizar programas de capacitación continua con la finalidad de atender las necesidades de preparación a su personal vinculado con los cambios tecnológicos exigidos para la evolución y el desarrollo de sus tareas.
También los empleadores deberán respetar condiciones de seguridad ambientales, como asimismo proveer al empleado los elementos necesarios a los efectos de que éstos puedan desarrollar su tarea en condiciones seguras, salubres y que respeten la integridad del mismo.

El proyecto fija que a los noventa días de sancionada esta norma, la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, en consulta con la asociación profesional de trabajadores de la actividad, deberá establecer disposiciones relativas a los riesgos específicos del trabajo de los teleoperadores, sin perjuicio de las exigencias contenidas en la legislación vigente.

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