viernes, 9 de marzo de 2012

PORTABILIDAD NUMÉRICA: UN DERECHO DE LOS USUARIOS

La implementación de la denominada portabilidad numérica establece que ahora los usuarios podrán conservar su número de teléfono celular cuando decidan cambiar de empresa prestataria, según destacó la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, espacio que a cargo de la protección integral de los consumidores.
La normativa que permite conservar el número telefónico toda vez que el usuario decida cambiarse de compañía dentro del área local, no tiene en cuenta el plan o formas de pago a los que el usuario está adherido y pone como costo máximo de la transacción
4,69 pesos más IVA, es decir, el equivalente al valor de 100 pulsos telefónicos.
Las empresas no pueden exigir más de 60 días de permanencia y el traspaso del número debe hacerse dentro de los diez días hábiles, mientras que la interrupción del servicio no puede superar las 3 horas.
Carlos Bonicatto, Defensor del Pueblo, subrayó que esta medida “reconoce los derechos de millones de usuarios de la telefonía celular, que es una herramienta fundamental para su vida laboral y más aún, el único vínculo para los vecinos de sectores más postergados donde los teléfonos tradicionales no llegan”.

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