El Ejecutivo nacional anunció hoy una
resolución mediante la cual se establece que la tasación de las llamadas de
teléfonos celulares sólo comenzará cuando el abonado contesta y hasta que finaliza
la comunicación.
Por
lo tanto, no se cobrarán las llamadas en las cuales el usuario no logre
establecer la comunicación con la otra parte, lo que actualmente sí está
tarifado. Las operadoras tendrán 90 días para adaptarse a las nuevas disposiciones.
La
Resolución Nro. 42 de la Secretaría de Comunicaciones, en su artículo 1, establece
que el tiempo de tasación de las llamadas originadas comenzará en el momento en
el que el abonado contesta directamente o mediante una casilla de correo y por
el tiempo que dure en la conversación.
El
artículo 2 fija que de no contestarse el llamado de forma directa o mediante
casilla de correo de voz "las
llamadas no podrán ser facturadas ni cobradas bajo ningún concepto".
Finalmente
el artículo 3ro. señala que las empresas tendrán un tiempo de 90 días desde el
día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial, para adecuarse a la
normativa.
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