El
Senado comenzará hoy a analizar el proyecto de ley que habilita a que los
jóvenes puedan votar de manera optativa a partir de los 16 años, así como el
que permite sufragar a los extranjeros con dos años de residencia en el país,
que serán debatidos por la Comisión de Asuntos Constitucionales. Los detalles del Proyecto.
Además
de los proyectos de Ley impulsados por los kirchneristas Aníbal Fernández y Elena
Corregido, existen otras iniciativas similares vinculadas, principalmente, con
el voto de los extranjeros.
Entre
ellas, figuran iniciativas presentadas por el oficialista Marcelo Guinle
(Chubut), por el radical Ernesto Sanz (Mendoza) y por la representante del
Frente Cívico de Córdoba, Norma Morandini.
El
proyecto que prevé modificar la Ley Electoral para determinar que el voto
constituya un derecho y no una obligación para los jóvenes de entre los 16 y los
18 años de edad, lo iguala al régimen similar de los ciudadanos mayores de 70
años que rige en la actualidad.
La
propuesta implica modificar el artículo 7 del Código Electoral que, a partir de
la aprobación de la iniciativa, establecería que “los argentinos que hubieren
cumplido la edad de 16 gozan de todos los derechos políticos conforme a la Constitución
y a las leyes de la República”.
Además,
la norma sustituiría incisos de otros artículos para introducir la edad de 16
años, en lugar de la actual de 18.
De
acuerdo con sus fundamentos se intenta “constituir un nuevo paso en el proceso
de construcción de mayor ciudadanía para esta franja de la juventud”. Además,
en el texto legal se reconoce a los jóvenes “capacidades y potencialidades
hasta ahora invisibilizadas por una parte de la sociedad”.
“La
recuperación de la confianza en la política como herramienta transformadora de
la realidad, operada a partir de la asunción del gobierno nacional por parte de
Néstor Carlos Kirchner y profundizada en la gestión de la presidenta Cristina Fernández
de Kirchner, han hecho posible que comencemos a transitar este camino”, resalta
en sus fundamentos el expediente de cinco artículos.
Además,
se subraya “el aliento brindado a la señora Presidenta por miles de jóvenes y
su genuina expresión de voluntad de sumarse a los cambios políticos, sociales y
económicos que su Gobierno representa, como así también al modelo de
crecimiento con inclusión social y redistribución de la riqueza” es lo que convencen
a los autores del proyecto de “la necesidad de modificar
la
edad mínima requerida para votar”.
EXTRANJEROS:
ELECTORES NACIONALES
Por
otra parte, la iniciativa impulsada por Fernández y Corregido sobre el voto de
extranjeros considera como electores nacionales a los nacidos fuera del país a
partir de los dos años de obtenida residencia permanente.
La
iniciativa establece que "el Registro Nacional de las Personas deberá
remitir al Registro Nacional de Electores, en forma electrónica, los datos que
correspondan a los electores y futuros electores, incluidos los extranjeros que
obtengan la residencia permanente, consignando, en este último caso, la fecha
de obtención de tal calidad".
Los
fundamentos de la iniciativa remarcan que el andamiaje "del sistema
democrático echa por tierra cualquier elemento para excluir a los extranjeros
residentes del derecho a elegir".
La
iniciativa hace hincapié el el Preámbulo de la Constitución Argentina que fue redactada
"para beneficio de la generación constituyente, para su posteridad y para
`todos los hombres del mundo que quieran habitar el suelo argentino`". Según
la norma, "la invitación del Preámbulo proporciona mayor amplitud a lo
preceptuado por el artículo 20 de la Constitución Nacional en tanto reconoce
expresos derechos a los extranjeros".
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