viernes, 15 de enero de 2016

EMERGENCIAS EN SEGURIDAD Y PENITENCIARIO BONAERENSE



La Legislatura bonaerense declaró las emergencias en las áreas de Seguridad y el Servicio Penitenciario (SPB) en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires.
La Cámara de Senadores bonaerense votó la emergencia en Seguridad por el término de 12 meses, con el fin de potenciar las áreas operativas y dotar a los organismos estatales de los instrumentos que permitan adquirir el equipamiento y realizar las obras necesarias.

Y la emergencia del Sistema Penitenciario y del Sistema de Salud Penitenciario que faculta a los ministerios de Seguridad y Justicia a adoptar las medidas tendientes a la reorganización y planificación de los aspectos de gestión, operativos y funcionales de recursos humanos y materiales.
La emergencia en Seguridad, justificada en el objetivo de “resguardar la integridad física y los bienes de las personas, faculta al Ministerio de Seguridad a adoptar en forma inmediata todas las medidas que resulten necesarias "pudiendo proceder a la reorganización y planificación de los aspectos de gestión, operativos y funcionales de recursos humanos y materiales del Sistema de Seguridad Pública provincial".
También se autoriza a las carteras de Seguridad y de Justicia "a ejecutar las obras y contratar la provisión de servicios y suministros necesarios", a realizar "adecuaciones presupuestarias", a "celebrar convenios y acuerdos, con personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, a fin de gestionar la mejor aplicación de los recursos".
A la vez, habilita a convocar servicio nuevamente al personal policial que se encuentra en situación de retiro activo; es decir, aquellos efectivos que pasaron a retiro por haber prestado los años de servicio y cumplir con la edad para acceder a la jubilación.
La ley también faculta al Ministerio de Seguridad "a reasignar funciones y destinos a todo el personal de las Policías de la Provincia y resolver la disponibilidad de los agentes o desafectar del servicio, pudiendo asimismo jubilar o pasar a retiro según el caso" y a "adoptar las medidas tendientes a priorizar la afectación de personal policial a funciones operativas".
En esa línea, permite al ministerio de Economía "efectuar las adecuaciones presupuestarias, reasignación de recursos, afectación y/o incorporación de las partidas que resulten menester para cumplir con los objetivos establecidos en la presente ley".
En el texto se señala que "como es de público conocimiento, se ha constatado la existencia de una gran cantidad de hechos delictivos, lo que exigió la adopción por parte del Estado de soluciones concretas" y se añade que "dada la complejidad de la cuestión a resolver, se estima indispensable la adopción de un conjunto de medidas en pos de contribuir a aumentar la seguridad ciudadana, eje central de la agenda de este gobierno".
Se determina que el objetivo de la ley es "fortalecer la institución policial y penitenciaria, potenciar sus áreas operativas y dotar a los organismos estatales de los instrumentos que permitan adquirir el equipamiento y realizar las obras para el desarrollo de una acción más eficaz en materia de seguridad en el territorio provincial".
La iniciativa que declaró la emergencia en el SPB, fundada en la "superpoblación carcelaria", dota a las áreas específicas del Poder Ejecutivo "de herramientas y mecanismos ágiles para mejorar sustantivamente las condiciones de detención”, para lo cual propone, a la par, crear una comisión con participación del Ejecutivo, la Justicia y la Legislatura.
El ministerio de Justicia tendrá la obligación de presentar en 60 días un plan de obras que contemple “la creación y reparación de unidades carcelarias” y la estimación de gastos que demande.
Además, exceptúa a todo procedimiento de contratación de la intervención del Consejo de Obras Públicas y autoriza a los organismos a contratar a empresas que no figuren en el Registro de Licitaciones, aunque sí en el Registro Nacional de Constructores de Obra Pública.
De manera específica, dota a los organismos estatales de “celeridad” para “la adquisición de equipamiento y la realización de las obras necesarias para garantizar condiciones dignas de detención”.
En cuanto a los recursos humanos, fortalece las facultades del ministro de Justicia para “adoptar decisiones vinculadas al progreso en la carrera penitenciaria, mejora de la capacitación y el incremento cuantitativo de los recursos así como su óptima utilización”.
El ministro de Justicia podrá designar personal de manera directa, así como también “disponer bajas, retiros, reubicaciones escalafonarias, cambios de escalafón y ascensos ordinarios o extraordinarios”, además de convocar a retirados del SPB a prestar servicio nuevamente.

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